De acuerdo con el artículo 9 de
la Ley 130 de 1994, los candidatos que no estén avalados por un partido o
movimiento político y que aspiren a Gobernaciones, Alcaldías, Asambleas
Departamentales, Concejos Municipales o Juntas de Administración Local, deberán
reunir un número de firmas válidas equivalentes al menos al 20% del resultado
de dividir el número de ciudadanos aptos para votar en la respectiva
circunscripción entre el número de curules o cargos a proveer.
El potencial sufragante del
municipio de Jamundí es de 101.296, el 20% de este potencial sufragante sería
de 20.259.
Para lograr un inscripción por
firmas a la alcaldía de Jamundí, se necesitarían 20.259 firmas válidas. Es decir
que si los pre candidatos a la alcaldía de Jamundí quieren no fallar en el intento, requerirán
por lo menos de la recolección del doble de esas firmas es decir unas 40.000.
Una labor titánica altamente
costosa que inician en este momento 3 pre candidatos a la alcaldía de Jamundí.
Fuente: Registraduria
Publicado por: Julian Ramirez